¿Es viable legalmente el nuevo impuesto del Gobierno a los beneficios extraordinarios de las eléctricas?

Facebook
Twitter
LinkedIn

Una de las medidas presentadas por el Gobierno para paliar el aumento del IPC ha sido la creación de un nuevo impuesto a los beneficios extraordinarios de las compañías eléctricas. Este tributo, que gravará los ingresos obtenidos por estas compañías en 2022, podría ser exigible a partir del 1 de enero del próximo año.

¿Pero este impuesto es viable legalmente? ¿Podrá aprobarse este tributo para las compañías eléctricas?

Nuestro socio Francisco Solchaga, del departamento de Energía, responde en cadena COPE al incremento disparado del coste de la luz y a la medida fiscal que pretende poner en marcha el Ejecutivo. Puedes escucharlo aquí:


[Reportaje publicado originalmente en COPE]

Autor/Profesional

Francisco Solchaga Socio

También te puede interesar

Nuevo modelo de titularidad societaria en España: ¿cambio estructural o sobrecarga regulatoria?

Nuevo modelo de titularidad societaria en España: ¿cambio estructural o sobrecarga regulatoria?

La redacción actual del artículo 106 de la Ley de Sociedades de Capital establece que la transmisión de participaciones sociales…
Sociedad Europea Unificada (EU Inc.): un nuevo impulso para la innovación

Sociedad Europea Unificada (EU Inc.): un nuevo impulso para la innovación

El 11 de diciembre de 2025, la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo publicó un informe cuyo asunto reza…
Evento EMEF: Fiscalidad y Gobierno Corporativo en Pymes y Empresas Familiares: Claves prácticas desde Araoz & Rueda

Evento EMEF: Fiscalidad y Gobierno Corporativo en Pymes y Empresas Familiares: Claves prácticas desde Araoz & Rueda

En Araoz & Rueda acompañamos a pymes y grupos familiares en España en la prevención de riesgos societarios y fiscales,…

Contacto

Información básica sobre protección de datos:
· Responsable: ARAOZ Y RUEDA ABOGADOS, S.L.P.
· Finalidad: Sus datos serán usados para poder atender sus solicitudes, prestarle nuestros servicios y enviarle información comercial.
· Legitimación: Consentimiento expreso del interesado
· Destinatarios: No se cederán a terceros, salvo obligación legal
· Derechos: Acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación, portabilidad
· Puede consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos a través del siguiente enlace: http://www.araozyrueda.com/politica-proteccion-datos/