Primer concurso para la adjudicación de las capacidades de acceso de demanda

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Mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Energía de 11 de julio de 2025 se convoca el primer concurso para la adjudicación de las capacidades de acceso de demanda en determinados nudos de la red de transporte en Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Cataluña, Galicia y País Vasco por una capacidad de acceso total de 3.681 MW.

1.- INTRODUCCIÓN

En determinados nudos de la red de transporte de electricidad, el volumen de solicitudes supera la capacidad de absorción disponible, por lo que deben celebrarse concursos para asignar dicha capacidad entre todos los solicitantes. Los concursos de capacidad de acceso de demanda se introdujeron con la reforma efectuada por el Real Decreto-ley 8/2023, que modificó el Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica (“RD 1183/2020”), con la que la Secretaría de Estado de Energía quedó facultada para convocar dichos concursos en nudos de tensión igual o superior a 220 kV, si bien hasta el momento no se había llegado a convocar ninguno.

Mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Energía de 11 de julio de 2025 (publicada en el BOE el 17 de julio de 2025) se convoca el primer concurso para la adjudicación de las capacidades de acceso de demanda en determinados nudos de la red de transporte (la “Resolución”). Los concursos se celebran sobre ocho nudos de la red de transporte en Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Cataluña, Galicia y País Vasco por una capacidad de acceso total de 3.681 MW.

2.- NUDOS Y CAPACIDAD

La Resolución convoca el concurso para la adjudicación de las siguientes capacidades de acceso de demanda en cada uno de los siguientes nudos de la red de transporte:

nombre y tensión

(en kv)

capacidad de acceso

 (en mw)

Arrigorriaga 400 993
Brazatortas 400 1.217
Cristóbal Colón 220 503
Francoli 220 216
Mercedes Benz 220 387
Nuevo Vigo (Bateas) 220 182
Palos 220 277
Terrer 400 410

Las posiciones disponibles en cada uno de los nudos son las siguientes:

nudo posición tipo de posición
Arrigorriaga 400 ARRI400-CON1 Demanda
ARRI400-CON2 Demanda
Brazatortas 400 BZT400-CON1 Demanda
Cristóbal Colón 220 CBC220-ATCO1 Demanda
CBC220-CON1 Demanda
Francoli 220 FRN220-CON3 Demanda
Mercedes Benz 220 MBE220-CON1 Demanda
Nuevo Vigo (Bateas) 220 NVIG220-CON1 Demanda
NVIG220-CON2 Demanda
Palos 220 AOS220-CON1 Demanda
Terrer 400 TERR400-EER Generación

Los solicitantes de capacidad de acceso que podrán participar en el concurso de demanda convocado por la Resolución son:

nudo solicitante[1]
Arrigorriaga 400 ARRI1
ARRI2
ARRI3
ARRI4
ARRI5
Brazatortas 400 BRAZ1
BRAZ2
BRAZ3
Cristobal Colón 220 CRIS1
CRIS2
CRIS3
Francoli 220 FRAN1
FRAN2
Mercedes Benz 220 MERC1
MERC2
Nuevo Vigo (Bateas) 220 NUEV1
NUEV2
NUEV3
Palos 220 PALO1
PALO2
PALO3
Terrer 400 TERR1
TERR2

3.- CONCURSO

Procedimiento

En el plazo de quince días hábiles a contar desde la publicación en el BOE de la Resolución, los solicitantes podrán comunicar a la Dirección General de Política Energética y Minas (la “DGPEM”) el desistimiento de su solicitud de acceso y conexión que se ha tenido en cuenta en la convocatoria de concurso[2].

Durante ese mismo plazo los solicitantes también podrán ajustar la capacidad de acceso de demanda solicitada, tanto al alza como a la baja, con excepciones[3]. Transcurrido dicho plazo, la DGPEM dictará una resolución por la que se aprueba la relación definitiva de participantes en el concurso de demanda. El plazo para la presentación de la documentación asociada a las solicitudes es de treinta días hábiles a partir de la notificación dicha resolución.

El procedimiento de evaluación y valoración de solicitudes se desarrolla pormenorizadamente en el Anexo V de la Resolución.

Criterios

Los criterios de valoración de aplicación al concurso son (i) la fecha de inicio de consumo, (ii) el volumen de inversión y (iii) las emisiones de gases de efecto invernadero evitadas. Los proyectos que reduzcan emisiones de CO2 tendrán un trato preferente frente a otros tipos de consumo que también hayan solicitado el acceso. También se aplicará un sistema de puntuación para seleccionar los proyectos que requieran un volumen de inversión mayor y que se vayan a materializar de una manera más cercana en el horizonte temporal.  Estos criterios se desarrollan en profundidad en el Anexo VI.B de la Resolución.

Resolución del concurso

El concurso se resolverá en el plazo de seis meses[4] mediante resolución de la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía, previo informe a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. El bien asignado para cada una de las instalaciones de demanda adjudicatarias será la capacidad de acceso solicitada, expresada en MW. La adjudicación de capacidad se realizará a la instalación concreta que haya participado en el concurso, de tal manera que los derechos que se deriven de dicha adjudicación están condicionados a que la dicha instalación pueda ser considerada en todo momento la misma que la que resultó adjudicataria del concurso.

La capacidad no adjudicada pasará a tener la condición de capacidad no otorgada en el concurso y desde el primer día hábil del mes siguiente al de la publicación de la resolución, dicha capacidad se entenderá liberada y podrá ser otorgada conforme a los criterios generales de otorgamiento de la capacidad de acceso de la demanda previstos en el RD 1183/2020.

Miscelánea 

  • Permisos de acceso y conexión: las instalaciones de demanda que resulten adjudicatarias en el concurso deberán solicitar la concesión de los correspondientes permisos de acceso y de conexión conforme al RD 1183/2020, si bien no les será de aplicación el criterio de prelación temporal en él previsto. Deberán constituirse las garantías económicas necesarias para la tramitación de los procedimientos de acceso y conexión de instalaciones de demanda establecidas en el artículo 23 bis RD 1183/2020. 
  • Garantías: cada participante deberá constituir ante la Caja General de Depósitos (i) una garantía económica de 25 euros/kW solicitado para garantizar el cumplimiento del compromiso asociado a la fecha de inicio del consumo, (ii) una garantía económica de 25 euros/kW solicitado para garantizar el cumplimiento del compromiso asociado a las emisiones de gases de efecto invernadero evitadas; y (iii) una garantía económica de 25 euros/kW solicitado para garantizar el cumplimiento del compromiso asociado al volumen de inversión. Estas garantías son independientes y adicionales a las garantías requeridas por el artículo 23 bis del RD 1183/2020. 
  • Plazo máximo para poner en funcionamiento la instalación: se establece como plazo límite para la puesta en funcionamiento de la instalación de demanda que resulte adjudicataria del concurso el mismo que se establece en el artículo 26.5 del RD 1183/2020 (firmar, en el plazo de 5 años, un contrato de acceso por una potencia contratada en alguno de los periodos de al menos un 50% de la capacidad de acceso concedida) o, en su caso, aquel, inferior al anterior, al que se comprometa el adjudicatario y que haga constar en su solicitud de participación en el concurso.

 


 

NOTAS AL PIE

[1] En el Anexo VIII de la Resolución, de carácter confidencial, se establece la relación entre los códigos de solicitud identificados en esta tabla y el solicitante correspondiente.

[2] En caso de que la solicitud haya venido acompañada de la correspondiente constitución de las garantías exigidas conforme a lo previsto en el artículo 23 bis del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, este desistimiento supondrá la cancelación de las mismas, procediendo el órgano competente a la devolución de dichas garantías.

[3] Las solicitudes de capacidad en posiciones de demanda que no sean superiores a 50 MW en 220 kV, o 125 MW en 400 kV, excepto en las solicitudes de actualización de consumo existente destinadas a incrementar la capacidad de acceso otorgado, serán rechazadas. Asimismo, serán rechazadas las solicitudes de capacidad que sean superiores a 500 MW en niveles de tensión de 400 KV, o superiores a 300 MW en 220 kV.

[4] Desde la convocatoria del concurso, es decir, desde el 17 de julio (i.e. el 17 de enero de 2026).

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