TRF 2026-2031

TRF 2026-2031: de la propuesta inicial al incentivo definitivo para las redes eléctricas

Facebook
Twitter
LinkedIn

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (la “CNMC”) lanzó el pasado julio una propuesta de circular para regular las metodologías de cálculo de la tasa de retribución financiera (la “TRF”), aplicable a las redes eléctricas para el sexenio 2026-2031.

Inicialmente se propuso elevar la tasa, que en esos momentos era de un 5,58%, al 6,46% con el objetivo de poder adaptar el marco regulatorio a los desafíos de descarbonización, electrificación, digitalización, y a un entorno macroeconómico cambiante. Con esta subida, la cuestión de fondo de la CNMC era analizar si esta señal regulatoria sería suficiente para acompañar el esfuerzo inversor que exige la transición energética.

Meses después, con la Circular ya aprobada, la incógnita no solo se despeja parcialmente, sino que gana matices relevantes desde el punto de vista financiero y estratégico. Y es que, tras la finalización del proceso, la CNMC ha fijado la TRF en un 6,58% para el periodo 2026-2031.

La subida supone un incremento de 100 puntos básicos respecto al marco 2020-2025 y una mejora adicional frente al borrador sometido a audiencia pública. Con ella, se pretende reconocer el cambio de ciclo financiero y la creciente necesidad inversora sobre las infraestructuras de red.

La TRF aprobada se apoya en una actualización del WACC regulatorio, en la que destacan dos cambios relevantes:

  1. Tasa libre de riesgo: se introduce de un indicador que refleja mejor cuánto cuesta realmente el dinero a largo plazo ahora que los tipos se han incrementado. Esto es importante porque impide que la retribución de las redes eléctricas se calcule considerando un entorno financiero excepcionalmente bajo que ya no representa la realidad actual; y
  2. Cálculo del coste de la deuda: la CNMC adopta un enfoque mixto, combinando datos históricos con previsiones futuras. Se tienen en cuenta elementos como (i) los costes de emisión, (ii) el coste de mantener financiación hasta su uso (“cost-of-carry”) y (iii) las condiciones a las que previsiblemente se financiarán las empresas en los próximos años. La CNMC busca acercar el parámetro a la realidad financiera de compañías que necesitan grandes volúmenes de inversión sostenida.

Por otro lado, desde la óptica de política energética, con esta nueva TRF se busca (i) un equilibrio explícito entre incentivar la inversión, (ii) contener costes para el consumidor, y (iii) preservar la estabilidad regulatoria. De acuerdo con la CNMC, el incremento aprobado elevará la retribución agregada del sector a lo largo del sexenio, reforzando la visibilidad de ingresos y la capacidad de planificación inversora.

No obstante, todo lo anterior, aun pareciendo positivo y un avance para el sector energético, la reacción empresarial tras conocer la cifra final confirma que el debate sobre si la subida es suficiente o no sigue abierta. Las grandes energéticas alegan que la cifra final del 6,58% dista mucho del 7,5% que solicitaban y mantienen la aprobada puede tensionar el ritmo del despliegue de las infraestructuras en un sistema que afronta una electrificación acelerada, la integración masiva de renovable, riesgos de apagones y nuevos consumos industriales.

En España, no es difícil intuir que la transición energética ha dejado de ser un desafío de generación para convertirse en un reto de infraestructura. La conexión de renovables, la electrificación de la demanda, la movilidad eléctrica, los data center, el hidrógeno o los nuevos polos industriales trasladan la presión inversora hacia transporte y distribución. En este marco, la metodología retributiva no actúa de forma aislada; se vincula a eficiencia operativa, calidad de suministro y reducción de pérdidas, alineando incentivos financieros con desempeño técnico del sistema.

Con este nuevo escenario, la pregunta sobre si el 6,58% es suficiente, admite una respuesta dual:

  • La mejora es relevante; reconoce el nuevo entorno de tipos, refuerza la certidumbre regulatoria a seis años y eleva la capacidad de planificación de inversiones.
  • Pero se mantiene por debajo del coste de capital que el sector considera necesario para acelerar despliegues al ritmo que exige la electrificación, ampliando además el diferencial frente a algunos marcos europeos más generosos.

Teniendo en cuenta lo anterior, es posible decir que el análisis estratégico de la Circular es doble:

  • Existe un compromiso claro con el refuerzo de la inversión en redes, materializado en una subida que no puede calificarse de cosmética.
  • Pero al mismo tiempo se preserva una disciplina estricta sobre el coste sistémico que soporta el consumidor eléctrico, evitando trasladar incrementos más abruptos al recibo. La CNMC prioriza la sostenibilidad económica del sistema frente a la maximización inmediata del incentivo inversor.

En definitiva, teniendo en cuenta el estudio del pasado octubre y el de hoy, es posible sacar varias conclusiones:

  1. Que, la subida de la TRF de un 6,46% hasta un 6,58% aprobado confirma que la revisión de la tasa no era un mero ajuste técnico, sino una decisión de política energética con implicaciones estructurales. España entra en el nuevo periodo regulatorio con una tasa superior, metodológicamente más robusta y diseñada para acompañar el esfuerzo inversor que exige la transición; y
  2. Que la cuestión ya no es si la mejora del incentivo financiero sino, más bien, si lo hace con la intensidad suficiente para evitar que las redes se conviertan en el principal cuello de botella de la electrificación.

Y este último punto va a ser uno de los ejes del debate energético durante todo el sexenio regulatorio.

Por Lucía Ramírez
Asociada – Dpto. Energía / Mercantil

Autor/Profesional

Lucía Ramírez Asociada

También te puede interesar

Evento EMEF: Fiscalidad y Gobierno Corporativo en Pymes y Empresas Familiares: Claves prácticas desde Araoz & Rueda

Evento EMEF: Fiscalidad y Gobierno Corporativo en Pymes y Empresas Familiares: Claves prácticas desde Araoz & Rueda

En Araoz & Rueda acompañamos a pymes y grupos familiares en España en la prevención de riesgos societarios y fiscales,…
El límite conjunto del Impuesto sobre el Patrimonio  y su alcance para los no residentes

El límite conjunto del Impuesto sobre el Patrimonio y su alcance para los no residentes

La reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la aplicación del límite conjunto del artículo 31 de la de la Ley…
Reflexiones sobre la figura de las comunidades energéticas

Reflexiones sobre la figura de las comunidades energéticas

La transición energética ha encontrado en las comunidades energéticas uno de sus instrumentos más prometedores. Las comunidades energéticas permiten que…

Contacto

Información básica sobre protección de datos:
· Responsable: ARAOZ Y RUEDA ABOGADOS, S.L.P.
· Finalidad: Sus datos serán usados para poder atender sus solicitudes, prestarle nuestros servicios y enviarle información comercial.
· Legitimación: Consentimiento expreso del interesado
· Destinatarios: No se cederán a terceros, salvo obligación legal
· Derechos: Acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación, portabilidad
· Puede consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos a través del siguiente enlace: http://www.araozyrueda.com/politica-proteccion-datos/